Recarga y mantenimiento de extintores: qué exige la norma
Diferencia entre mantenimiento y recarga, cada cuándo se hace, qué debe traer la etiqueta y el collarín al regresar el extintor y cómo verificar a tu proveedor.
El mantenimiento y la recarga de extintores no son lo mismo, y confundirlos cuesta caro: un equipo recargado sin mantenimiento real llega a la emergencia con el manómetro en verde y el cilindro comprometido. Esta guía explica qué exige cada norma mexicana, cada cuándo se hace el servicio y qué debe traer el extintor cuando regresa a tu inmueble.
Mantenimiento, recarga y prueba hidrostática: tres cosas distintas
| Servicio | En qué consiste | Cada cuándo | Quién lo hace | Evidencia que queda |
|---|---|---|---|---|
| Revisión mensual | Verificación visual de 13 aspectos: ubicación, señalización, fleje sin violar, manómetro en zona verde, daños, etiqueta legible | Mensual | Personal propio del centro de trabajo | Registro con fecha, responsable, anomalías y su seguimiento |
| Mantenimiento y recarga | Despresurizado, apertura, revisión interna, reemplazo de refacciones, recarga del agente, presurizado y prueba de fugas | Al menos anual | Prestador de servicio con dictamen NOM-154 | Etiqueta nueva y collarín, orden de servicio foliada |
| Prueba hidrostática | Prueba de presión del cilindro para verificar su resistencia estructural | Al menos cada 5 años | Prestador con bomba de prueba conforme a la norma | Marca permanente en el cilindro con la fecha |
Las tres son obligaciones distintas y se acreditan por separado. La revisión mensual es tuya y no la puede sustituir el proveedor; el mantenimiento anual y la prueba hidrostática sí se contratan.
Cuál es exactamente la diferencia entre mantenimiento y recarga
Recargar es reponer el agente extintor y volver a presurizar el equipo. Dar mantenimiento es todo el procedimiento: descargar, despresurizar, abrir el cilindro, examinarlo por dentro y por fuera, revisar válvula, manómetro, manguera, boquilla y seguro, sustituir las partes desgastadas por refacciones certificadas —la norma prohíbe expresamente hacer adaptaciones a las partes del extintor—, recargar, presurizar, comprobar que no haya fugas y etiquetar.
En la práctica del mercado mexicano, la diferencia se ve en el precio y se paga en la emergencia. Un extintor “recargado” en veinte minutos, sin apertura ni revisión interna, es un equipo cuyo estado nadie verificó.
Qué norma manda cada cosa
Este es el punto donde casi todos los proveedores se equivocan, y conviene tenerlo claro antes de comparar cotizaciones:
- La NOM-154-SCFI-2005, “Equipos contra incendio — Extintores — Servicio de mantenimiento y recarga”, regula cómo debe prestarse el servicio: el equipamiento mínimo del taller, los procedimientos por categoría de extintor, la etiqueta, el collarín, la garantía y la evaluación de la conformidad. Sigue vigente: su revisión sistemática más reciente, en octubre de 2025, resultó en confirmación. El anteproyecto de 2017 que pretendía sustituirla nunca llegó a publicarse como norma.
- La NOM-002-STPS-2010 regula cuándo y qué debe revisar el patrón: mantenimiento al menos una vez al año (numeral 7.18), revisión mensual de extintores con registro (7.2 y 7.3) y programa anual de revisión y pruebas de todo el equipo contra incendio (7.4).
Si alguien te dice que “la NOM-154 obliga a recargar cada año”, está citando mal la norma. El plazo anual es de la NOM-002-STPS-2010.
Qué debe traer tu extintor cuando regresa del servicio
Es la parte más fácil de verificar y la que más rápido delata a un proveedor irregular. La NOM-002-STPS-2010, numeral 7.2, obliga al patrón a comprobar que la etiqueta contenga estos datos, y la NOM-154-SCFI-2005 los detalla:
| Elemento | Qué debe contener | A qué extintores aplica |
|---|---|---|
| Etiqueta de servicio | Nombre o razón social del prestador con RFC, domicilio completo y teléfono; instrucciones de operación con nemotecnia; clases de fuego que combate; contenido neto y tipo de agente; perforación con mes y año del servicio; contraseña oficial; número de dictamen de cumplimiento de la NOM-154 | Todos |
| Collarín | Material no elástico que no se puede retirar sin abrir el extintor: razón social del prestador, contraseña oficial, año y mes del servicio y holograma de la unidad de verificación | Solo polvo químico seco de presión contenida con manómetro |
| Marca de prueba hidrostática | Placa o marca permanente con la fecha en que se realizó la prueba | Todos los cilindros sometidos a prueba |
| Seguro o marchamo | Sin violar. Si se rompe, se pierde la garantía del servicio | Todos |
Dos advertencias de detalle que casi nadie menciona: la etiqueta anterior debe retirarse —no se apilan servicios— y el collarín no aplica a extintores de gases extinguidores como el CO₂. Además, la contraseña oficial vigente hoy es la de la NOM-106-SCFI-2017, que sustituyó a la NOM-106-SCFI-2000 que ambas normas siguen citando en su texto no actualizado.
La garantía que la norma te da y casi nadie cobra
La NOM-154-SCFI-2005 obliga al prestador a garantizar el funcionamiento del equipo durante al menos un año desde el servicio, siempre que se conserve el seguro o marchamo intacto. Es una garantía normativa, no comercial: aplica aunque no venga escrita en la cotización.
A eso se suma que las refacciones y agentes deben estar certificados conforme a la NOM que les aplique, con garantía del proveedor, y que la documentación del servicio —orden foliada con fecha, cliente, tipo y capacidad del equipo— debe conservarse por lo menos dos años.
Cómo verificar que tu proveedor cumple
- Dictamen de cumplimiento vigente de la NOM-154-SCFI-2005, emitido por una unidad de verificación acreditada y aprobada. Su número tiene que aparecer impreso en la etiqueta de cada extintor: si no está, no hay dictamen.
- Evaluación de la conformidad semestral. La norma no la pide una vez, la pide cada seis meses. Pregunta la fecha de la última.
- Contrato de adhesión registrado ante PROFECO, obligatorio para este servicio.
- Taller equipado conforme al Capítulo 6: báscula de plataforma verificada, sistema de presurizado con nitrógeno y reguladores de dos etapas, recipiente de inmersión para detección de fugas y bomba de prueba hidrostática de baja presión capaz de sostener al menos 4.2 MPa.
- Personal con constancias de habilidades laborales, como exige la propia norma en su numeral 5.4.
Señales de alerta antes de firmar
| Señal | Por qué preocupa |
|---|---|
| Se niega a dar su razón social completa | Sin ella no hay forma de rastrear el dictamen ni de reclamar la garantía |
| No muestra el dictamen ni aparece su número en la etiqueta | Nadie verificó su competencia técnica para prestar el servicio |
| Precio muy por debajo del mercado, sin explicación | Suele corresponder a recarga sin apertura ni revisión interna |
| Solo entrega etiqueta, sin collarín en los de polvo químico seco | La norma lo exige en los equipos de presión contenida con manómetro |
| Devuelve el equipo con la etiqueta anterior encima | La norma obliga a retirar las etiquetas de servicios previos |
Ninguna señal aislada es prueba de nada; varias juntas son motivo suficiente para verificar antes de contratar. Y si ya contrataste sin revisar, nuestro verificador de los 12 puntos para revisar tu extintor te dice en minutos si el servicio que pagaste dejó rastro real en el equipo.
Un proveedor que no puede mostrar el dictamen no está incumpliendo un trámite: está entregándote extintores cuya conformidad nadie verificó. Nuestro servicio de mantenimiento y recarga entrega etiqueta, collarín y constancia por equipo, y programa el calendario del año completo.
El calendario que te ahorra la multa
| Momento | Qué toca hacer | Responsable |
|---|---|---|
| Cada mes | Revisión de los 13 aspectos y registro de anomalías y su seguimiento | Personal propio |
| Cada año | Mantenimiento y recarga de cada extintor; programa anual de revisión y pruebas al resto del equipo | Prestador con dictamen |
| Cada 5 años | Prueba hidrostática del cilindro, o antes si recibe un golpe o pierde la contraseña | Prestador con bomba de prueba |
| Permanente | Conservar los registros; la NOM-002 exige guardarlos tres años | Centro de trabajo |
Para la parte mensual puedes descargar sin costo nuestra bitácora de revisión de extintores, ya alineada a los puntos que exige la norma. Y si no sabes qué equipo tienes, en qué estado está ni qué vence primero, conviene empezar por una inspección con reporte de vencimientos e incumplimientos antes de contratar cualquier recarga.