Directorio por giro · Comercio

Requisitos de Protección Civil para un local comercial

Un local comercial pequeño casi siempre queda en bajo riesgo, y eso lleva a pensar que Protección Civil no le pide nada. No es así: hay un mínimo que se revisa en cada visita y, en el Estado de México, un visto bueno municipal que se renueva cada año y que suele pedir la factura de tus extintores.

Aquí está el expediente completo de un local en CDMX y en Edomex, qué equipo contra incendio necesita, qué señales deben estar a la vista y los errores que más observaciones generan en la inspección.

Esta guía orienta; la autoridad decide

Lo que te exijan depende de tu alcaldía o municipio, del giro con que te registres, de los metros, del aforo y del nivel de riesgo que resulte de tu clasificación. Aquí reunimos lo que dicen las leyes y normas vigentes y lo que suelen pedir en ventanilla, con su fuente. No sustituye la revisión de la autoridad ni la del tercero acreditado que firme tu programa.

Verificado el 11 de septiembre de 2026

Clasifica primero

¿Esto te
aplica?

El nivel se determina por el inmueble y la actividad.

Nivel Cómo se define Qué trámite Quién firma
Bajo riesgo CDMX: aforo menor a 100 personas y/o menos de 250 m². La gran mayoría de los locales. Sin Programa Interno; piso mínimo del art. 64 y lo que la LEM pide exhibir. Edomex: visto bueno municipal anual. El titular del negocio
Mediano riesgo Local grande (más de 250 m² y más de 100 personas) o giro que el Cuestionario clasifique así. Programa Interno registrado, póliza de responsabilidad civil; en Edomex, Programa Específico con consultor registrado. Tercero Acreditado o consultor registrado
Alto riesgo Venta o almacén de inflamables, pinturas, solventes o gas; superficie de 3,000 m² o más. Programa Interno y, en los supuestos del art. 38 BIS, dictamen del H. Cuerpo de Bomberos (CDMX). Tercero Acreditado + autoridad

Documentos

Checklist para
CDMX

Incluye los documentos compartidos entre entidades.

DocumentoFundamentoTipo
Aviso de funcionamiento en SIAPEM, impreso en el localLEM arts. 10 A fr. II y 38Obligación
Oficio del Cuestionario Clasificatorio que acredita bajo riesgoReglamento de la Ley de GIRPC, arts. 40 TER y 56 TERObligación
Constancia de capacitación del personal en materia de protección civilReglamento arts. 47 y 56 BISObligación
A la vista del público: el 911 y la señalización de acciones ante sismo e incendio (si no tienes Programa Interno) y el croquis de rutas cuando la normativa lo exijaLEM art. 10 A fr. IX y XIIObligación
Local dentro de una plaza: el oficio y la constancia se exhiben también ante la administraciónReglamento art. 47, último párrafoObligación
Si tienes trabajadores: bitácora mensual de extintores y constancia de mantenimiento anual con etiqueta y collarínNOM-002-STPS-2010, 7.2 y 7.18Obligación
Simulacros: los que convoque la autoridad en CDMX; al menos dos al año en el Estado de MéxicoNT-SGIRPC-SIM-007-2024; Código Administrativo art. 6.23Obligación

Aviso de funcionamiento (o Permiso, si tu giro es de impacto zonal) en SIAPEM. · Clasificación con el Cuestionario Clasificatorio de la SGIRPC: de ahí sale si necesitas Programa Interno. · Bajo riesgo: extintor señalizado, botiquín, señalización de rutas, manejo de basura, personal capacitado y directorio de emergencias. · Mediano y alto riesgo: Programa Interno firmado por Tercero Acreditado, póliza de responsabilidad civil y la vigencia que marque el art. 58 para tu tipo de inmueble.

Trámite en CDMX

Documentos

Checklist para Estado de
México

Incluye los documentos compartidos entre entidades.

DocumentoFundamentoTipo
Licencia de funcionamiento (SARE para bajo riesgo) con licencia de uso de suelo, dando cuenta del programa de protección civilLey de Competitividad y Ordenamiento Comercial, art. 66Obligación
Dictamen o visto bueno de Protección Civil de bajo riesgo, emitido por el municipio y renovado cada añoCódigo Administrativo art. 6.25 BisObligación
Para ese visto bueno, varios municipios piden factura y carta responsiva (o recibo de recarga) de los extintores, fotos de fachada, interior y señalización, croquis y constancias de capacitaciónCédulas de Naucalpan, Coacalco, Cuautitlán y Cuautitlán IzcalliVentanilla
Si tienes trabajadores: bitácora mensual de extintores y constancia de mantenimiento anual con etiqueta y collarínNOM-002-STPS-2010, 7.2 y 7.18Obligación
Simulacros: los que convoque la autoridad en CDMX; al menos dos al año en el Estado de MéxicoNT-SGIRPC-SIM-007-2024; Código Administrativo art. 6.23Obligación

Licencia de funcionamiento municipal; el bajo riesgo se tramita por SARE. · Bajo riesgo: dictamen o visto bueno de Protección Civil del municipio, renovado cada año. · Mediano y alto riesgo: Programa Específico por consultor registrado, revalidado cada año. · Al menos dos simulacros al año y, en mediano y alto riesgo, sistema de alerta sísmica.

Trámite en Edomex

Equipo

Qué equipo
revisar

La prioridad orienta qué resolver primero.

EquipoDónde y para quéFundamentoPrioridad
Extintor PQS ABCSeñalizado, con servicio vigente y a no más de 1.50 m del piso. Uno por cada 300 m² en riesgo ordinario; en locales chicos, al menos uno cerca de la salida y otro en bodega si la hay.Ley de GIRPC art. 64; NOM-002-STPS-2010, 7.17 y 7.18Básico
Capacidad mínima de 4.5 kgEs el mínimo que pide Tlalnepantla en su anexo de protección civil; confirma el de tu municipio.Cédula municipal de TlalnepantlaBásico
Extintor de CO₂Junto a tableros, cajas registradoras y equipo electrónico relevante.Criterio técnico: clase C sin residuoRecomendable
Botiquín de primeros auxiliosAbastecido, a la vista y con su señal.Ley de GIRPC art. 64Básico
Detector de humoEn bodega trasera o tapanco, donde un conato puede crecer sin que nadie lo vea.NOM-002-STPS-2010, 5.10 (medios de detección)Recomendable
Luces de emergenciaSi el local no tiene luz natural en la ruta de salida.NOM-025-STPS-2008, 5.11Recomendable

Señalización

  • Salida y ruta de evacuación
  • Señal roja de ubicación del extintor
  • 911 y señalización de qué hacer en sismo e incendio
  • Primeros auxilios: ubicación del botiquín
  • Prohibido fumar
  • Aforo y croquis de evacuación cuando la normativa lo pida

Capacitación

  • Todo el personal del turno sabe usar el extintor y dónde está el botiquín
  • Constancia de capacitación vigente (CDMX, bajo riesgo)
  • Directorio de emergencias visible
  • Participación documentada en los simulacros

Guía del giro

Lo que cambia en
locales comerciales

Detalle por área y situación.

Bajo riesgo no es cero

La exención del bajo riesgo es solo del Programa Interno. En la Ciudad de México, el artículo 64 de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil mantiene un piso para todos: extintores señalizados, botiquín, señalización de rutas de evacuación, manejo de basura, personal capacitado y directorio de emergencias. La Ley de Establecimientos Mercantiles añade lo que debe estar a la vista: el aviso de funcionamiento, el 911 y la señalización de qué hacer en caso de sismo e incendio.

Ese mínimo es lo primero que se ve al entrar, y por eso es lo primero que se revisa. Un inspector no necesita abrir una carpeta para notar un extintor tirado en el piso o una salida con cajas.

Dos entidades, dos trámites

Ciudad de MéxicoEstado de México
Permiso para operarAviso de funcionamiento en SIAPEMLicencia de funcionamiento municipal (SARE en bajo riesgo)
Protección Civil en bajo riesgoSin trámite de programa: oficio del Cuestionario y constancia de capacitaciónDictamen o visto bueno municipal, anual
Quién revisaINVEA y la alcaldíaProtección Civil del municipio
Lo que más se pideLo exhibido y el equipo a la vistaFactura y carta responsiva de extintores, fotos y croquis
SimulacrosLos que convoque la autoridadAl menos dos al año

En el Estado de México no hay ventanilla única: cada municipio publica su propio trámite, con nombres distintos —dictamen de bajo riesgo, visto bueno, condiciones mínimas de seguridad— y requisitos propios. Lo que sí se repite en las cédulas que revisamos es que el extintor se acredita con papel: factura, carta responsiva o recibo de recarga a nombre del negocio.

El extintor que se revisa y el que se acredita

Para Protección Civil no basta con tener el extintor; tiene que estar vigente y demostrarlo. Eso significa etiqueta y collarín del último mantenimiento, manómetro en la zona verde, colocación a no más de 1.50 metros y señal roja encima. Si el servicio del año pasado fue solo una calcomanía, la herramienta Verifica tu extintor te dice en doce puntos si fue real.

Cuando compres o recargues, pide que la factura salga a nombre del negocio y con la carta responsiva del proveedor: es el documento que te van a pedir en la ventanilla del municipio.

Errores comunes

Lo que más
observaciones genera

Revisa estos puntos antes de una visita.

  • Extintor sin servicio real. Calcomanía nueva, pero sin collarín, sin fecha y con el manómetro fuera de la zona verde.
  • Factura a nombre de otro. El municipio pide factura o carta responsiva del extintor, y la que tienes no es del negocio.
  • Señales impresas en papel. Letreros hechos en casa, sin colores ni símbolos de la norma, pegados donde estorban menos.
  • Extintor en el piso o escondido. Detrás del mostrador, bajo mercancía o recargado en el suelo.
  • Salida con mercancía. Cajas y exhibidores en el paso hacia la puerta.
  • Renovar fuera de plazo. En Edomex el visto bueno municipal se renueva cada año, casi siempre con la licencia.

Equipo y servicios

Equipo y servicios para
locales comerciales

Salidas directas a las fichas y servicios publicados.

Normas y fuentes

De dónde sale
cada punto

El alcance cambia según la entidad y el inmueble.

Norma / estándar Alcance Aplica a
Ley de GIRPC, art. 64 (CDMX) Piso mínimo del bajo riesgo: extintor, botiquín, señalización, basura, capacitación y directorio Locales de bajo riesgo en CDMX
Ley de Establecimientos Mercantiles (CDMX) Aviso de funcionamiento y lo que se exhibe en el local Locales en CDMX
Código Administrativo, art. 6.25 Bis (Edomex) El dictamen de bajo riesgo lo emite el municipio Locales en el Estado de México
NOM-002-STPS-2010 Extintores, revisión mensual y mantenimiento anual Locales con trabajadores
NOM-003-SSPC-2011 Colores, formas y símbolos de las señales de protección civil Señalización del local

Cómo ponerte al día

Ocho pasos para
ordenar tu giro

Empieza por clasificar y termina con el expediente.

  1. Clasifica tu negocio

    Metros, aforo real, nivel del edificio y actividad. De ahí sale tu nivel de riesgo.

  2. Confirma tu trámite

    CDMX: Cuestionario Clasificatorio. Edomex: ventanilla de tu municipio.

  3. Diagnostica el inmueble

    Compara lo que tienes contra lo que pide la norma para cada área.

  4. Cierra la brecha de equipo

    Extintores del agente correcto, detección y lo que exija tu umbral.

  5. Señaliza y despeja

    Rutas, salidas, equipo y punto de reunión visibles y sin obstáculos.

  6. Capacita al personal

    Uso de extintor y evacuación, con constancia DC-3 y brigada si aplica.

  7. Documenta

    Bitácora mensual, constancias de servicio, actas de simulacro y censo.

  8. Presenta con quien firma

    Tercero acreditado o consultor registrado, con el inmueble ya al día.

CONINC

Qué hacemos
en tu inmueble

Equipo y documentación, sin prometer firmas que no emitimos.

Qué hacemos y qué no

Suministramos e instalamos el equipo contra incendio de cada área, damos mantenimiento con etiqueta y collarín, capacitamos a tu personal con constancia DC-3 y ordenamos el expediente del equipo tal como se presenta.

No elaboramos ni firmamos Programas Internos, ni emitimos dictámenes de Bomberos, gas LP o instalación eléctrica: los firma un tercero registrado. Nuestro trabajo es que el inmueble y los papeles del equipo estén como ese tercero necesita encontrarlos.

Cómo armamos este directorio

  • Con fuente oficial

    Cada requisito lleva su ley, norma o cédula municipal.

  • Con fecha de verificación

    Estos trámites cambian; cada ficha dice cuándo se revisó.

  • Obligación o recomendación

    Separamos lo que exige la ley de lo que conviene o pide el seguro.

Consultar por WhatsApp

Preguntas frecuentes

Resolvemos tus
dudas antes de cotizar

Lo que más nos preguntan antes de cotizar — sobre extintores, mantenimiento, normatividad y cobertura.

Reunimos las preguntas más frecuentes para que llegues a la cotización con todo claro: qué equipo necesitas, cada cuándo se da mantenimiento y qué documentación te entregamos.

¿Tu caso es diferente o no encuentras tu duda? Usa el formulario y te respondemos directo por WhatsApp.

¿Qué pide Protección Civil para abrir un local comercial?

En la Ciudad de México, un local de bajo riesgo no necesita Programa Interno, pero sí el mínimo del artículo 64 de la Ley de GIRPC —extintor señalizado, botiquín, señalización de rutas, manejo de basura, personal capacitado y directorio de emergencias— y exhibir el 911 y la señalización de sismo e incendio. En el Estado de México, además, un visto bueno de Protección Civil del municipio.

¿Qué es el visto bueno de Protección Civil y quién lo otorga?

En el Estado de México es el dictamen de bajo riesgo que emite el área de Protección Civil de cada municipio (Código Administrativo, art. 6.25 Bis); cada ayuntamiento lo llama a su manera y fija sus requisitos. En la CDMX, el Visto Bueno de Seguridad y Operación es otra cosa: lo firma un Director Responsable de Obra y aplica a ciertos inmuebles, como escuelas, hospitales o centros de reunión.

¿Qué documentos piden en el municipio para el visto bueno?

Varía por municipio. En las cédulas publicadas de Naucalpan, Coacalco, Cuautitlán y Cuautitlán Izcalli se repite la factura y carta responsiva (o recibo de recarga) de los extintores, fotografías de la fachada, el interior y la señalización, un croquis, identificación y, en varios, constancias de capacitación. Confirma la lista en la ventanilla de tu municipio.

¿Cuántos extintores necesita un local?

La NOM-002-STPS-2010 pide uno por cada 300 m² en riesgo ordinario y que ningún punto quede a más de 23 metros de recorrido de uno (15 si el riesgo es de líquidos inflamables). En la práctica, un local chico lleva al menos uno cerca de la salida, y otro si tiene bodega o tapanco. La calculadora del sitio hace la cuenta con tus metros.

¿Cada cuándo se renueva?

En el Estado de México el visto bueno municipal de bajo riesgo se renueva cada año; en algunos municipios vence el 31 de diciembre. El extintor necesita mantenimiento al menos anual y prueba hidrostática al menos cada cinco años. En la CDMX, la constancia de capacitación del bajo riesgo también se mantiene vigente.

¿Me pueden clausurar si no tengo nada de esto?

Las leyes de ambas entidades prevén multas y clausura para quien no cumple las medidas de protección civil que le corresponden, y en la CDMX la Ley de Establecimientos Mercantiles permite suspender actividades cuando el funcionamiento pone en riesgo a las personas. El monto y la medida dependen del caso y los decide la autoridad.

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