Capacitación y brigadas

Brigada contra incendios: cómo se forma y qué exige la NOM

Cuándo es obligatoria una brigada contra incendios, cuántos integrantes debe tener, qué capacitación exige la NOM-002-STPS-2010 y cómo se documenta todo.

Brigada contra incendios: cómo se forma y qué exige la NOM

Una brigada contra incendios es el grupo de trabajadores capacitados para responder los primeros minutos de una emergencia: dar la alarma, atacar el conato, apoyar la evacuación y entregar la escena a los bomberos. Esta guía explica cuándo la exige la norma mexicana, cómo se integra, qué debe aprender y —lo que más se falla— cómo se documenta.

Cuándo es obligatoria (y cuándo no lo es)

Aquí hay una confusión extendida que conviene resolver primero. La NOM-002-STPS-2010 obliga a “contar con brigadas contra incendio en los centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio alto, en los términos del Capítulo 9”. En riesgo ordinario, esta norma no exige integrarla.

Lo que sí es obligatorio para todos los centros de trabajo, sin importar el grado de riesgo:

ObligaciónRiesgo ordinarioRiesgo alto
Plan de atención a emergencias de incendioSí, con contenido ampliado
Simulacros al añoAl menos unoAl menos dos
Programa de capacitación anual teórico-prácticoSí, con temario adicional para brigadistas
Brigada contra incendioNo exigida por la NOM-002Obligatoria
Brigadas de primeros auxilios, comunicación y evacuaciónNo exigidas por la NOM-002Obligatorias dentro del plan

Dos precisiones importantes. La primera: el grado de riesgo no se elige, se determina conforme al Apéndice A de la norma, y puedes estimarlo con nuestro clasificador de riesgo de incendio; el resto de obligaciones que arrastra esa clasificación está en qué te exige la norma si tu empresa es de riesgo alto. La segunda: la normatividad local de protección civil puede imponer requisitos propios de brigadas y capacitación, con independencia de lo que exija la norma laboral federal.

Cuántos brigadistas: la norma da criterios, no cifras

Circulan porcentajes por todas partes —5%, 10%, uno por cada veinte trabajadores— y ninguno está en la NOM-002-STPS-2010. Lo que la norma establece, en su numeral 9.1, es que para determinar el número de integrantes se deben considerar al menos:

  • El número de trabajadores por turno del centro de trabajo.
  • La asignación y rotación de trabajadores en los diferentes turnos.
  • Los resultados de los simulacros.

Esto último es la clave operativa: el simulacro no es un trámite, es el instrumento con el que la norma espera que ajustes el tamaño de tu brigada. Si en el ejercicio faltaron manos en el segundo nivel, el registro del simulacro es la evidencia que justifica sumar brigadistas ahí.

La única referencia de tamaño la da la Guía de Referencia II de la propia norma —de tres a siete integrantes con un jefe de brigada— y esa guía advierte, con todas sus letras, que no es de cumplimiento obligatorio.

Quién puede ser brigadista

La norma pide seleccionarlos entre trabajadores que cuenten con disposición para participar y con aptitud física y mental. La voluntariedad no es un detalle: un brigadista designado a la fuerza es el que no aparece el día del incidente.

En la práctica, tres criterios adicionales evitan brigadas de papel: que estén distribuidos por área y por turno —no todos en oficinas del mismo piso—, que incluyan personal que no rote de sede, y que el jefe de brigada tenga autoridad reconocida para dar la orden de evacuar.

Los cuatro tipos de brigada y qué hace cada una

BrigadaFunción principalMomento en que actúa
Prevención y combate de incendiosAtaque al conato con extintor o manguera; verificación previa del equipoDesde el minuto uno
EvacuaciónConduce a los ocupantes por la ruta señalizada al punto de reunión y pasa listaAl activarse la alarma
Primeros auxiliosAtención inicial a lesionados y entrega a los servicios médicosDurante y después
ComunicaciónDa la alarma, llama a bomberos y autoridades, controla la informaciónEn paralelo a todo

La misma guía aclara que las brigadas pueden ser multifuncionales: en un centro de trabajo chico, un mismo brigadista puede cubrir dos especialidades. Lo que no puede es cubrirlas sin capacitación en ambas.

Qué debe aprender la brigada

Para los centros de trabajo de riesgo alto, el numeral 11.3 fija el temario, y sirve como referencia de calidad para cualquier curso serio:

  • El contenido del plan de atención a emergencias de incendio.
  • Estrategias, tácticas y técnicas para la extinción de fuegos incipientes.
  • Procedimientos básicos de rescate y de primeros auxilios.
  • Comunicación interna y externa durante la emergencia.
  • Coordinación con grupos de auxilio externos.
  • Funcionamiento, uso y mantenimiento de los equipos contra incendio.
  • Verificaciones a realizar sobre esos equipos.
  • Manejo seguro de materiales inflamables y explosivos, cuando aplique.

Además, el responsable de la brigada y su suplente deben recibir capacitación adicional en la toma de decisiones y las acciones por adoptar según la magnitud y clase de fuego. Un curso que capacita igual al jefe que al resto de la brigada no cumple esto.

Un curso que solo proyecta diapositivas tampoco: la norma habla de capacitación teórico-práctica, y en una inspección el verificador puede entrevistar a dos integrantes de la brigada y comprobar que cuentan con su equipo de protección personal. Nuestro curso de brigada con práctica de fuego controlado y constancia DC-3 está armado sobre este temario.

Cómo se documenta todo esto

Esta es la parte que decide una inspección, y la que más empresas pierden teniendo la brigada bien formada.

La constancia DC-3. Es el formato oficial con el que se acredita la capacitación de cada trabajador. La expide la entidad instructora cuando hay agente capacitador externo, o la propia empresa cuando el instructor es interno. La autentifica la Comisión Mixta de Capacitación en empresas de más de 50 trabajadores, o el patrón o su representante legal en las de hasta 50. Debe entregarse al trabajador dentro de los veinte días hábiles siguientes a que apruebe el curso.

Un dato que casi nadie menciona: el acuerdo de la STPS establece que el personal de las empresas de las que se adquiere un bien o servicio no requiere registro como agente capacitador externo para impartir la capacitación asociada. Es decir, el proveedor que te instala o mantiene el equipo puede capacitarte y expedir constancia válida.

El simulacro. Debe planearse por escrito, con nombres de coordinadores y medidas de seguridad, fecha y hora, alcance —integral o por áreas, con o sin previo aviso—, escenarios más críticos, secuencia de acciones y participación de cuerpos externos. Y su resultado debe registrarse con ocho datos: razón social y domicilio, áreas donde se realizó, número de personas que intervinieron, recursos utilizados, desviaciones detectadas respecto de lo planeado, recomendaciones para actualizar el plan, duración y nombres de los coordinadores.

La conservación. Los registros deben guardarse tres años, en impreso o en medios magnéticos.

Para las dos últimas puedes usar sin costo nuestra acta de simulacro de evacuación y el censo de brigada de emergencia, formateados con los datos que exige la norma. Y si además esperas visita de la autoridad local, revisa qué revisa Protección Civil en una verificación: las constancias de brigada están en su lista corta.

Preguntas frecuentes

¿Qué es una brigada contra incendios?

La NOM-002-STPS-2010 la define como el grupo de trabajadores organizados en una unidad interna de protección civil, capacitados y adiestrados en operaciones básicas de prevención y protección contra incendio. No es un cuerpo de bomberos privado: su función es responder al conato, dar la alarma, apoyar la evacuación y entregar la escena a los servicios de emergencia.

¿Es obligatorio tener brigada contra incendios en mi empresa?

La NOM-002-STPS-2010 la exige en los centros de trabajo clasificados con riesgo de incendio alto, en los términos de su Capítulo 9. En riesgo ordinario esta norma no obliga a integrarla, aunque el plan de atención a emergencias y los simulacros anuales sí son obligatorios para todos. Ojo: la normatividad local de protección civil puede imponer requisitos propios de brigadas y capacitación.

¿Cuántos brigadistas debe tener una empresa?

La norma no fija un número ni un porcentaje obligatorio. Su numeral 9.1 exige considerar al menos el número de trabajadores por turno, la asignación y rotación de personal en los distintos turnos y los resultados de los simulacros. La Guía de Referencia II de la misma norma menciona brigadas de tres a siete integrantes con un jefe, pero esa guía declara expresamente que no es de cumplimiento obligatorio.

¿Cuáles son los tipos de brigadas?

La Guía de Referencia II de la NOM-002-STPS-2010 reconoce cuatro: evacuación, primeros auxilios, prevención y combate de incendios, y comunicación. También señala que las brigadas pueden ser multifuncionales, es decir, que un mismo brigadista puede actuar en dos o más especialidades. La brigada de búsqueda y rescate que suele mencionarse proviene de la práctica de protección civil local, no de esta norma.

¿Cada cuánto debe capacitarse la brigada?

La norma obliga a elaborar un programa de capacitación anual teórico-práctico en materia de prevención de incendios y atención de emergencias. Sobre la constancia DC-3, ni el acuerdo de la STPS que la regula ni la NOM-002 fijan una vigencia o caducidad: lo exigible es que el programa sea anual y que los registros se conserven tres años. Cualquier vigencia distinta que ofrezca un capacitador es política comercial, no requisito legal.

¿Cada cuántos simulacros al año hay que hacer?

Al menos uno al año en centros de trabajo de riesgo de incendio ordinario y al menos dos al año en los de riesgo alto, conforme al numeral 5.7. Cada simulacro debe planearse por escrito y su resultado registrarse con ocho datos, entre ellos el número de personas que intervinieron, los recursos utilizados y las desviaciones detectadas respecto de lo planeado.

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