Extintores

Dónde colocar los extintores: distancia, altura y cantidad

Cuántos extintores exige la NOM-002-STPS-2010 por superficie, la distancia máxima de recorrido por clase de fuego, la altura de colocación y los errores.

Dónde colocar los extintores: distancia, altura y cantidad

La norma mexicana no pide “tener extintores”: pide una cantidad calculada por superficie y grado de riesgo, colocada a distancias de recorrido determinadas y a una altura máxima de 1.50 metros. Este artículo reúne los números exactos de la NOM-002-STPS-2010 y los errores de colocación que convierten equipo vigente en equipo inútil.

Primero el grado de riesgo, después la cuenta

Todo el cálculo cuelga de una clasificación previa: riesgo de incendio ordinario o alto. La NOM-002-STPS-2010 la determina en su Apéndice A, y basta con cruzar uno solo de los seis umbrales para caer en riesgo alto: 3,000 m² de superficie construida, 3,000 L de gases inflamables, 1,400 L de líquidos inflamables, 2,000 L de líquidos combustibles, 15,000 kg de sólidos combustibles o cualquier cantidad de material pirofórico o explosivo. Los seis criterios, con su lectura completa, están en la Tabla 1 de la NOM-002 explicada.

Tres reglas de conteo que suelen pasarse por alto y cambian el resultado:

  • El mobiliario cuenta. La norma computa un promedio de 60 kg por cada trabajador que labora dentro del centro de trabajo. Una oficina con 200 personas ya carga 12,000 kg antes de contar archivo o almacén.
  • El inventario es el máximo del año, no el de hoy. Una bodega que se llena en temporada se clasifica por su pico.
  • Los materiales del mismo concepto se suman. No se evalúa producto por producto.

Puedes estimar tu clasificación en minutos con nuestro clasificador de riesgo de incendio, construido sobre esta misma tabla.

Cuántos extintores exige la norma

El mínimo por superficie es aritmética normativa: un extintor por cada 300 m² o fracción en riesgo ordinario, y uno por cada 200 m² o fracción en riesgo alto (NOM-002-STPS-2010, numerales 7.17 b y c). El redondeo siempre es hacia arriba, y los ejemplos resueltos están en cuántos extintores por metro cuadrado exige la norma; si prefieres no hacer la cuenta a mano, la calculadora de extintores la resuelve con tu superficie y tu grado de riesgo.

Ese número es un piso, no un techo. Las áreas con riesgo propio requieren su equipo específico además del cálculo por superficie: cocina comercial con clase K, cuarto eléctrico o de cómputo con CO₂, almacén de inflamables con el agente que corresponda a su clase de fuego.

Distancia máxima de recorrido: el dato que casi todos citan mal

La norma no regula la separación entre un extintor y otro. Regula la distancia máxima de recorrido desde cualquier punto del área hasta el extintor más cercano, “tomando en cuenta las vueltas y rodeos necesarios”. No es distancia en línea recta sobre el plano: es lo que la persona realmente camina.

Clase de fuegoRiesgo ordinarioRiesgo alto
Clases A, C y D23 m23 m
Clase B15 m10 m (hasta 15 m si el extintor es del tipo móvil)
Clase K10 m10 m

Es frecuente encontrar publicado “15 metros en riesgo ordinario y 10 en riesgo alto” como si aplicara a todo. No: esa pareja de cifras corresponde únicamente a los fuegos clase B —líquidos inflamables—. Para clase A, C y D el criterio es 23 metros, y para clase K, 10 metros en ambos grados de riesgo. Si necesitas repasar qué clase de fuego corresponde a cada área, tenemos la guía para elegir el extintor según la clase de fuego. El texto íntegro de la norma está disponible en el Diario Oficial de la Federación.

Altura, visibilidad y acceso

El numeral 7.17 f) es corto y no admite interpretación: los extintores se colocan a una altura no mayor de 1.50 metros, medidos desde el nivel del piso hasta la parte más alta del equipo. A eso se suman tres condiciones que la revisión mensual verifica una por una:

  • Visibles y señalizados, con señalética conforme a la NOM-026-STPS-2008 o la NOM-003-SSPC, de modo que se localicen a distancia aunque el extintor quede oculto por mobiliario bajo.
  • De fácil acceso, sin obstáculos que impidan tomarlos.
  • En la ubicación del plano del inmueble. Un extintor que “alguien movió” a otra área rompe la cobertura calculada y aparece como anomalía en el registro.

Los soportes de pared y las bases móviles no son un accesorio estético: son lo que sostiene el cumplimiento de altura y ubicación. Para eso está la línea de soportes y accesorios para extintor.

Cuándo puedes reducir el número de extintores

La norma admite una sola reducción, y la condiciona. En las áreas protegidas con sistemas automáticos de supresión se puede contar hasta con la mitad del número requerido de extintores, siempre que estos tengan una capacidad nominal de al menos seis kilogramos o nueve litros.

Dos precisiones que evitan un hallazgo en la verificación: la reducción aplica al área protegida por el sistema, no al inmueble completo, y solo si los equipos cumplen la capacidad mínima. Reducir a la mitad con extintores de 4.5 kg no cumple.

Los seis errores de colocación que vemos en campo

ErrorPor qué importaCómo se corrige
Extintor detrás de mercancía o puertaInaccesible en el minuto que cuenta; es hallazgo directo en actaReubicar y marcar el área en piso
Colgado por arriba de 1.50 mIncumple el 7.17 f) y complica el descuelgue en emergenciaBajar el soporte, medir a la parte más alta del equipo
Sin señalización o con señal a la altura del equipoNo se localiza a distancia ni entre humoSeñal alta, perpendicular al muro cuando el pasillo es largo
Cobertura calculada solo por superficieDeja cocinas y cuartos eléctricos sin el agente correctoSumar extintores por área de riesgo propio
Recorrido medido en línea rectaLa norma cuenta vueltas y rodeos; el recorrido real suele ser 30% mayorMedir caminando la ruta, no sobre el plano
Extintor en el piso, sin baseSe vuelca, se oxida por humedad y estorba el pasoInstalar soporte de muro o base móvil

Cómo dejarlo resuelto de una vez

La secuencia que funciona es siempre la misma: clasificar el riesgo, medir superficies por área, identificar las áreas con riesgo propio, calcular el mínimo normativo, definir el agente por área y dibujar la ubicación en el plano antes de comprar nada. Ese plano es, además, el documento que después sostiene tu revisión mensual y tu Programa Interno.

Si prefieres que alguien lo levante en sitio, nuestro diagnóstico de riesgo entrega la clasificación con el criterio aplicado, la cantidad exigible por área, el agente que corresponde a cada una y la propuesta de distribución con distancias de recorrido verificadas en el recorrido real del inmueble.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos extintores necesito según la superficie?

La NOM-002-STPS-2010 exige al menos un extintor por cada 300 metros cuadrados de superficie o fracción si el grado de riesgo de incendio es ordinario, y al menos uno por cada 200 metros cuadrados o fracción si el riesgo es alto. Ese es el mínimo por superficie: las áreas con riesgo propio, como cocinas o cuartos eléctricos, requieren además su extintor específico.

¿Qué distancia debe haber entre un extintor y otro?

La norma no regula la distancia entre extintores, sino la distancia máxima de recorrido desde cualquier punto hasta el extintor más cercano, tomando en cuenta las vueltas y rodeos necesarios. Es de 23 metros para fuegos clase A, C y D; de 15 metros en riesgo ordinario y 10 en riesgo alto para clase B, y de 10 metros para clase K en ambos casos.

¿A qué altura se coloca un extintor?

A una altura no mayor de 1.50 metros, medidos desde el nivel del piso hasta la parte más alta del extintor, conforme al numeral 7.17 de la NOM-002-STPS-2010. Los equipos deben quedar visibles, señalizados, de fácil acceso y sin obstáculos que impidan tomarlos.

¿Cuántos metros cuadrados cubre un extintor de 6 kg?

La norma mexicana no asigna cobertura por capacidad del equipo: el cálculo se hace por superficie y grado de riesgo, no por kilogramos. La capacidad sí importa en un supuesto concreto: para reducir a la mitad el número de extintores en áreas con sistema automático de supresión, los equipos deben tener una capacidad nominal de al menos seis kilogramos o nueve litros.

¿Puedo poner menos extintores si tengo rociadores?

Sí, con condiciones. La NOM-002-STPS-2010 permite que en las áreas protegidas con sistemas automáticos de supresión se cuente hasta con la mitad del número requerido de extintores, siempre que estos tengan una capacidad nominal de al menos seis kilogramos o nueve litros. La reducción aplica al área protegida, no a todo el inmueble.

¿Dónde no debe colocarse un extintor?

Detrás de puertas, mobiliario o mercancía; dentro de gabinetes cerrados con llave; a más de 1.50 metros de altura; sin señalización que permita localizarlo a distancia; en el piso sin soporte; o en ubicaciones que no correspondan al plano del inmueble. La revisión mensual que exige la norma incluye comprobar precisamente que cada extintor esté en el lugar asignado, visible y accesible.

¿Quieres saber qué te exige la norma en tu caso?

Hacemos el levantamiento de tu inmueble y te decimos qué equipo es exigible y qué documentación falta.

Diagnóstico conforme a la NOM-002-STPS-2010

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