Normatividad y cumplimiento

Quién debe clasificar y firmar el riesgo de incendio de tu empresa

Por qué la clasificación de riesgo de incendio debe quedar documentada y firmada por alguien facultado, y qué papel juega una herramienta de orientación.

Quién debe clasificar y firmar el riesgo de incendio de tu empresa

Es una pregunta que llega tarde con más frecuencia de la que debería: “¿y quién me firma esto?” Casi siempre después de haber comprado equipo, a veces después de una visita de verificación que no salió como se esperaba. La NOM-002-STPS-2010 es clara en un punto que suele pasarse por alto: la clasificación de riesgo no termina en saber si eres ordinario o alto, sino en que eso quede documentado.

Dos pasos que no son lo mismo

Conviene separarlos con claridad:

Orientación previa. Con los seis criterios públicos de la Tabla 1 puedes saber, de entrada, en qué grupo cae probablemente tu empresa. Para eso construimos el clasificador gratuito de riesgo de incendio: capturas tus datos y te dice, al momento, en qué grado estás y por qué criterio.

Documento formal. Es lo que exige la norma: una descripción del inmueble con el detalle correspondiente, la aplicación de los criterios y una firma de quien lo elaboró. Ese documento es el que se revisa cuando llega una verificación —no una estimación hecha por teléfono ni un correo sin membrete.

Por qué importa quién firma

Una clasificación de riesgo no es un formalismo aislado: de ella se desprenden obligaciones que sí se miden —extintores, brigada, simulacros—. Si el número de extintores instalados en tu inmueble no corresponde a una clasificación documentada y firmada, una verificación puede cuestionar tanto el equipo como el criterio con el que se compró en primer lugar. Es la diferencia entre poder decir “así lo calculamos” y no tener con qué respaldarlo.

Lo que debería contener tu expediente

ElementoQué debe contener
Clasificación de riesgoGrado (ordinario o alto), criterios aplicados y fecha
Justificación del equipoRelación entre la clasificación y el equipo instalado
ActualizaciónFecha de la última revisión y motivo si cambió
FirmaResponsable que elaboró y validó el documento

Cuándo toca revisarla de nuevo

No es un documento de una sola vez en la vida del negocio. Se vuelve a revisar cuando cambia algo de lo que mide la Tabla 1: creció la superficie, se amplió el inventario, cambió el giro o se incorporó un proceso que antes no existía. Si nunca lo has hecho, o no estás seguro de que tu clasificación siga vigente, el diagnóstico de riesgo es justo el punto de partida, y la gestión documental se encarga de que el expediente completo quede ordenado y al día.

Preguntas frecuentes

¿Puedo clasificar yo mismo el riesgo de mi empresa y quedarme ahí?

Puedes orientarte tú mismo con los criterios públicos de la Tabla 1 y saber, en principio, si estás en riesgo ordinario o alto. Pero la NOM-002-STPS-2010 pide que esa clasificación quede documentada en el centro de trabajo, y ese documento formal lo elabora y firma quien está facultado para hacerlo.

¿Qué diferencia hay entre orientarme y tener el documento formal?

Orientarte te dice en qué grupo probablemente caes y qué te conviene revisar antes. El documento formal es la evidencia que se presenta ante una verificación: describe el inmueble, aplica los criterios con el detalle que exige la norma y queda firmado por quien lo elaboró.

¿Qué pasa si nunca se documentó la clasificación?

Es uno de los hallazgos más comunes en una revisión: equipo comprado sin que exista el documento que justifique por qué se compró esa cantidad y ese tipo. Sin la clasificación por escrito, tampoco se puede sostener que el mínimo de extintores instalado corresponde al grado de riesgo real.

¿La clasificación se hace una sola vez para siempre?

No. Debe revisarse cuando cambian las condiciones que la determinan: se amplía la superficie, cambia el giro, se empieza a manejar un material inflamable que antes no existía, o crece de forma relevante el inventario de algún concepto de la Tabla 1.

¿Quieres saber qué te exige la norma en tu caso?

Hacemos el levantamiento de tu inmueble y te decimos qué equipo es exigible y qué documentación falta.

Diagnóstico conforme a la NOM-002-STPS-2010

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